A- de 2011
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Capitolino Riaño Camacho
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proferido el fallo que concede, la autoridad responsable deberá cumplirlo sin demora
- Debe adoptar medidas necesarias para que el fallo se cumpla y conocer de incidentes de desacato por desconocimiento de órdenes dadas
- Podrá sancionar por desacato al responsable y al superior hasta que cumplan la sentencia
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Falta de competencia para asumir solicitud apertura incidente de desacato de sentencia T-705/10
- Surte efectos en el caso concreto
- Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud Apertura de Desacato.
En el presente caso el peticionario solicita que la Corte Constitucional tramite directamente el incidente de desacato por el presunto incumplimiento de la Sentencia T-705/10.
La Sala no advierte la presencia de alguna de las causales que conducen a la Corporación a reasumir la competencia para hacer efectiva la decisión de sentencia de tutela y conocer el incidente de desacato.
Se ordena la remisión de la petición elevada al juzgado treinta y tres administrativo de Bogotá, para que proceda conforme con sus competencias en la materia, teniendo en cuenta los términos del fallo de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. INFORMAR al senor Capitolino Riano Camacho que, el juez competente para tomar las medidas necesarias orientadas a obtener el debido cumplimiento y tramite del incidente de desacato de la Sentencia T-705 de 2010 es el Juzgado Treinta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de Bogota
- Segundo. ORDENAR la remision del escrito de solicitud de cumplimiento y apertura de incidente de desacato de la Sentencia T-705 de 2010 al Juzgado Treinta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de Bogota, para que proceda conforme con sus competencias en la materia, teniendo en cuenta los terminos del fallo de la Corte Constitucional.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.